Perito de la aseguradora vs. perito independiente: por qué importa la diferencia
Una vez me llamó un cliente bastante enfadado. Había tenido un accidente y la aseguradora le había valorado el coche en 4.200 euros. Él había estado mirando vehículos similares y no encontraba nada parecido por menos de 7.000.
Su pregunta fue muy directa:
«¿Cómo puede decir el perito que mi coche vale eso?»
Y mi respuesta también fue bastante directa:
«Porque ese perito no trabaja para ti.»
Esto no significa que el perito de la aseguradora actúe mal. No se trata de eso. De hecho, cualquier perito, lo contrate quien lo contrate, debe actuar con objetividad. Pero hay una realidad que muchas personas descubren tarde y es que no es lo mismo una valoración encargada por la compañía que una valoración encargada por el asegurado.
El perito de la aseguradora
Cuando tienes un siniestro, la compañía suele enviar a su propio perito. Puede ser personal interno o un colaborador externo (gabinete pericial). Su trabajo consiste en revisar los daños, valorar la reparación o determinar si el vehículo debe declararse siniestro total. Hasta aquí, todo normal. El problema aparece cuando el asegurado piensa que ese perito está defendiendo sus intereses. Y no es exactamente así.
El perito de la aseguradora interviene dentro del procedimiento de la compañía. Su informe sirve para que la aseguradora fije su posición. Puede estar bien hecho, puede ser técnicamente correcto y puede ser honesto. Pero no deja de ser una valoración promovida por una de las partes interesadas en el resultado económico del siniestro.
Por eso, cuando la indemnización te parece claramente baja, no conviene aceptarla sin más. Lo prudente es contrastarla.
El perito independiente
Aquí es donde entra el perito independiente. Mi trabajo no consiste en darte la razón porque me contrates. Eso sería un error y, además, sería contrario a lo que debe hacer un perito. Mi trabajo consiste en revisar el vehículo, la documentación, la valoración de la aseguradora y el mercado real, y decirte si técnicamente hay base para reclamar.
A veces la hay. A veces no.
Si la valoración de la compañía está bien justificada, te lo diré. Si el valor ofrecido es razonable, también. Y si veo que reclamar no va a compensarte, prefiero decírtelo desde el principio antes que hacerte gastar dinero en un informe que no va a cambiar nada.
La imparcialidad no significa ponerse en medio sin mojarse. Significa sostener una conclusión porque los datos la aguantan.
Qué dice el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro
Muchas personas no saben que la Ley de Contrato de Seguro prevé un procedimiento para estos casos.
Cuando asegurado y aseguradora no se ponen de acuerdo sobre el importe de la indemnización, el artículo 38 permite que cada parte designe su propio perito. Es decir, la compañía puede tener su perito, pero tú también puedes nombrar el tuyo.
Si ambos peritos llegan a un acuerdo, se recoge en un acta conjunta. En esa acta deben constar las causas del siniestro, la valoración de los daños y las circunstancias que influyen en la indemnización.
Si no hay acuerdo entre los dos peritos, puede nombrarse un tercer perito. Y el dictamen que resulte puede llegar a ser vinculante si no se impugna dentro de los plazos legales.
Es decir, que no estás obligado a quedarte de brazos cruzados si no estás conforme con la valoración de la compañía.
Cuándo merece la pena pedir una segunda valoración
Los casos más habituales que veo en Valladolid y Palencia (y otras provincias de Castilla y León) son cuando la reparación está infravalorada. Por ejemplo, cuando la aseguradora ofrece una cantidad que no cubre realmente el coste de reparar el vehículo con criterios técnicos razonables. Otro caso es cuando se declara siniestro total con un valor demasiado bajo. Esto ocurre mucho. La compañía toma como referencia un valor venal o una estimación que no siempre refleja lo que cuesta comprar un vehículo similar en el mercado real. Hay veces que los daños no están incluidos. Es decir, se valoran piezas visibles, como paragolpes, faros o aletas, pero quedan fuera elementos estructurales, mecánicos o de dirección que cambian por completo el importe de la reparación.
Cuando el informe de la aseguradora no explica bien cómo llega a la cifra. Una valoración no debería ser solo un número. Debe poder justificarse.
Y si la aseguradora no acepta el informe
Puede ocurrir. De hecho, es frecuente que la primera respuesta sea negativa. Pero no es lo mismo reclamar diciendo «me parece poco» que reclamar con un informe técnico firmado, documentado, con fotografías, referencias, criterios de valoración y una explicación clara de por qué la indemnización ofrecida no se ajusta al daño real o al valor razonable del vehículo.
Un buen informe no garantiza que la compañía cambie de criterio automáticamente. Pero cambia la conversación. Ya no se discute desde la impresión personal del asegurado, sino desde una valoración técnica que puede utilizarse en una negociación, en una reclamación formal o, si no queda otra vía, en un procedimiento judicial.
Una afirmación que me suelen hacer
«Carlos, si contrato un perito, ya empiezo gastando dinero.»
Es verdad. Y por eso no todos los casos merecen un informe. Antes de hacer nada, hay que mirar si la diferencia económica compensa. No tiene sentido gastar en una pericial si el margen de mejora es pequeño o si la valoración de la aseguradora está bien fundamentada.
Pero cuando la diferencia es importante, el informe pericial puede ser decisivo. Si la compañía ofrece 4.200 euros y el vehículo, bien justificado, puede defenderse en 6.500 o 7.000, entonces sí merece la pena estudiar el caso.
Mi forma de trabajar es primero revisar si hay base técnica. Si la hay, se informa. Si no la hay, también se dice.
Porque un perito no está para maquillar o «vestir el muñeco» en una reclamación. Está para poner orden, datos y criterio técnico donde normalmente solo hay enfado, dudas y una oferta de la aseguradora que el cliente no sabe si debe aceptar.